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Anónimo
Anónimo
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#13 Respondiendo a: Anónimo

Jejeje

Lo siento, pero el Código Penal no entiende de canon de fotocopias... >;·)

Atentamente, la Ceja de Sauron

(Mensaje original de: La Ceja de Sauron)

Dice el codigo penal.....

Jamas pense que llegaria a estos extremos:
Codigo Penal.
CapituloXI
Seccion1ª De los delitos relativos a la propiedad intelectual.
Art 270:
Sera castigado con la pena de prision de seis meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses quien ,CON ANIMO DE LUCRO y en perjucio de ttercero reprodozca, plagie, distribuya o comunique publicamente, en todo o en parte una obra literaria, artistica o cientifica o su tranformacion, interpretacion o ejecucion artistica, fijada en cualquier tipo se soporte o comunicada a traves de cualquier media sin la autorizacion de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.

Por tanto, yo veo que ... Si tengo el libro ya lo he comprado, por tanto puedo fotocopiarlo para uso personal pq no estoy perjudicando a un tercero, al que ya se lo he comprado.

Ahora que si te dedicas a venderlo y a gran escala segun el art 271......te van a joder vivo.


(Mensaje original de: fiker durin)