Las dichosas fotocopias: legalidad

Cerrado

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Como algunas de las respuestas que se estaban dando a la anterior pregunta de Fiker Durin estaban llevando a conclusiones erróneas, vuelvo a explicar por qué no es legal fotocopiar un libro que hemos comprado previamente:

"Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o de multa de seis a veinticuatro meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios."

Cuando se habla de "ánimo de lucro Y en perjuicio de tercero" en el Código Penal, no quiere decir que deban cumplirse las dos condiciones. Todo lo contrario: si se cumple uno, se cumplen ambos, y ambos se cumplen cuando se fotocopian libros con copyright.

Toda obra con copyright sufre daños a su integridad legal cuando alguien la fotocopia. Aunque se trate de un libro ya comprado. Porque una fotocopia, sea para quien sea, representa un libro menos que vende la editorial, que tiene los derechos de explotación y remunera en función de sus ventas al autor. Conclusión, un libro menos de la editorial, representa daño a terceros y lucro cesante. Y el lucro cesante representa lucro emergente del que fotocopia, así como del que se encarga de fotocopiar. Conclusión: se da el ánimo de lucro cuando se produce el daño a terceros, de manera casi inseparable.

¿Pero qué dice la Ley de propiedad intelectual (Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril), a la cuál se debe atener el Código Penal a la hora de juzgar?

Artículo 25. Derecho de remuneración por copia privada.

1. La reproducción realizada exclusivamente para uso privado, conforme a lo autorizado en el apartado 2 del artículo 31 de esta Ley, mediante aparatos o instrumentos técnicos no tipográficos, de obras divulgadas en forma de libros o publicaciones que a estos efectos se asimilen reglamentariamente, así como de fonogramas, videogramas o de otros soportes sonoros, visuales o audiovisuales, originará una remuneración equitativa y única por cada una de las tres modalidades de reproducción mencionadas, en favor de las personas que se expresan en el párrafo b) del apartado 4 del presente artículo (los autores de las obras explotadas, con los editores) dirigida a compensar los derechos de propiedad intelectual que se dejaren de percibir por razón de la expresada reproducción. Este derecho será irrenunciable para los autores y los artistas, intérpretes o ejecutantes.


Quizá a Christopher Tolkien le gustaría repartir gratuitamente las obras de su padre. PERO están los derechos de explotación, consistentes en la IMPRESIÓN, y que pertenecen exclusivamente a la editorial, gracias al contrato que hayan firmado previamente. Y es que cuando se compra un libro, sólo son propiedad del comprador las hojas y el lomo. La "obra" sólo la tiene en posesión.

Además, "los derechos de explotación de carácter exclusivo está sometida a un régimen especial que exige la formalización por escrito de la cesión de derechos y, entre otros aspectos, el principio general de que la remuneración del autor debe ser proporcional a los ingresos que produzca la explotación de la obra".


¿Cuál es la conclusión de todo ésto?

¿Es legal fotocopiar un libro, saltándose el copyright?: NO
¿Y si el libro es tuyo y lo reproduces, es ilegal?: SÍ, pero menos
¿Qué pasa si se hace?: que en lugar de pensa de prisión de 6 meses a 2 años, se debe remunerar tanto al autor, como al explotador de la obra.
¿Y cuál es la multa?

Pues eso es curioso: depende de la velocidad de la fotocopiadora:

5. El importe de la remuneración que deberá satisfacer cada deudor será el resultante de la aplicación de las siguientes cantidades:

a) Equipos o aparatos de reproducción de libros:
1.- 7.500 pesetas por equipo o aparato con capacidad de copia de hasta nueve copias por minuto.
2.- 22.500 pesetas por equipo o aparato con capacidad de copia desde 10 hasta 29 copias por minuto.
3.- 30.000 pesetas por equipo o aparato con capacidad de copia desde 30 hasta 49 copias por minuto.
4.- 31.000 pesetas por equipo o aparato con capacidad de copia desde 50 copias por minuto en adelante

Como nueve copias por minuto o menos, actualmente, sólo se pueden hacer copiándolo a ordenador, a máquina o a mano, lo normal, si lo llevamos a fotocopiar será pagar uns 30.000 pesetas por una copia privada de nuestro libro.
Asi que, visto el panorama, según la ley (y las editoriales) lo mejor es comprarse uno más.
(Una pena)


Mis disculpas si parece una cuestión alejada de Tolkien...
Y felicidades a los que hayan llegado leyendo hasta aquí... Si no sabéis de qué hacer la tesis de derecho, ya sabéis >;·DDD

Atentamente, la Ceja de Sauron

(Mensaje original de: La Ceja de Sauron)
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#1 Respondiendo a: Anónimo

Como algunas de las respuestas que se estaban dando a la anterior pregunta de Fiker Durin estaban llevando a conclusiones erróneas, vuelvo a explicar por qué no es legal fotocopiar un libro que hemos comprado previamente:

"Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o de multa...

Pues no, no he leído hasta el final. Quizás lo haga mañana, pero a estas horas me resulta imposible

(Mensaje original de: Essaya)
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#1 Respondiendo a: Anónimo

Como algunas de las respuestas que se estaban dando a la anterior pregunta de Fiker Durin estaban llevando a conclusiones erróneas, vuelvo a explicar por qué no es legal fotocopiar un libro que hemos comprado previamente:

"Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o de multa...

muchas gracias.....

...ahora me queda mas claro. No soy ningun experto en leyes,y me siento como un pulpo en un garage con en codigo penal entre las manos. (ademas no pienso decir como lo consegui...jejeje?

(Mensaje original de: fiker durin)
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#1 Respondiendo a: Anónimo

Como algunas de las respuestas que se estaban dando a la anterior pregunta de Fiker Durin estaban llevando a conclusiones erróneas, vuelvo a explicar por qué no es legal fotocopiar un libro que hemos comprado previamente:

"Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o de multa...

y en PDF.....???



(Mensaje original de: fiker durin)
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#3 Respondiendo a: Anónimo

muchas gracias.....

...ahora me queda mas claro. No soy ningun experto en leyes,y me siento como un pulpo en un garage con en codigo penal entre las manos. (ademas no pienso decir como lo consegui...jejeje?

(Mensaje original de: fiker durin)

Por cierto...

Todo el mundo tiene derecho a conocer la ley. Asi que descargarse cualquier sentencia, código, ley... de internet, es completamente legal...
Y si no, que venga "Civitas" y "Tecnos" a denunciarnos }:·DDDD

(Claro, que también son las lecturas más aburridas que te puedas echar a la cara)
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#4 Respondiendo a: Anónimo

Por cierto...

Todo el mundo tiene derecho a conocer la ley. Asi que descargarse cualquier sentencia, código, ley... de internet, es completamente legal...
Y si no, que venga "Civitas" y "Tecnos" a denunciarnos }:·DDDD

(Claro, que también son las lecturas más aburridas que te puedas echar a la c...

Que bueno.....

...pecamos sin saber y viceversa.
Pero bueno....fotocopiarse el codigo penal es ilegal...¿verdad? Pq a los de Aranzadi no les hara ninguna gracia


(Mensaje original de: fiker durin)
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#7 Respondiendo a: Anónimo

y en PDF.....???



(Mensaje original de: fiker durin)

y en PDF.....???

Si has adquirido un libro en PDF, como no hay derechos de explotación a editoriales, puedes hacer las copias que quieras. Pero se supone que no se las tienes que enseñar a nadie más...
Muy bien Fiker Durin, casi has descubierto una laguna jurídica >;·DDD

FDO: la Ceja


(Mensaje original de: La Ceja de Sauron)
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#5 Respondiendo a: Anónimo

Que bueno.....

...pecamos sin saber y viceversa.
Pero bueno....fotocopiarse el codigo penal es ilegal...¿verdad? Pq a los de Aranzadi no les hara ninguna gracia


(Mensaje original de: fiker durin)

Fotocopiar directamente...

...el Aranzabi entero es ilegal..., pero se supone que se puede fotocopiar hasta el 10% de una obra para proceder a su estudio e investigación.
Claro que no se puede hacer lo mismo con una obra literaria. Para hacer esas diferenciaciones (y sembrar el mundo de confusión) existen colectivos de editoriales que nombran los porcentajes a reproducir y difundir. Por supuesto, por mucho que copies y reproduzcas sentencias y otros datos afines (teorías de física y química, fórmulas de matemáticas...) ningún autor te va a exigir que le pagues sus derechos, y ninguna editorial se va a trever a denunciarte.

Entonces, si tiene tantas facilidades ¿por qué no va todo el mundo a fotocopiar los Códigos Penales y Civiles?

Porque los hay gratis en internet; el precio del libro es mínimo y el formato bastante bueno
Ciertamente son una rara excepción al universo editorial >:·D

FDO: la Ceja

(Mensaje original de: La Ceja de Sauron)
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