Cuestión legal

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Beleg_AF
Beleg_AF
Desde: 20/05/2003
Buenas:
Quería hacer una pregunta relativa al copyright.
Si tienes en tu casa comprado un libro... ¿es legal q te lo bajes de Internet en formato PDF o alguno de esos? Es q asi no necesitas copiar algún fragmento a mano cuando lo quieras poner aqui (q vago soy) :p , pero vamos es curiosidad más que nada. ¡Gracias!
Saludos
Desenvainó allí la espada, lo único que le quedaba de todas sus posesiones, y dijo: –¡Salve, Gurthang! No otro señor ni lealtad conoces, sino la mano que te esgrime. No retrocedes ante la sangre de nadie. Por tanto ¿no quieres la de Túrin Turambar? ¿No me matarás de prisa?
Y en la hoja resonó una v...
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Beleg_AF
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Desde: 20/05/2003

#1 Respondiendo a: Beleg_AF

Buenas:
Quería hacer una pregunta relativa al copyright.
Si tienes en tu casa comprado un libro... ¿es legal q te lo bajes de Internet en formato PDF o alguno de esos? Es q asi no necesitas copiar algún fragmento a mano cuando lo quieras poner aqui (q vago soy) :p , pero vamos es curiosidad más q...

Por supuesto...

...hablo de los libros de Tolkien, refiriendome a cuando quiero meter aqui algún fragmento de alguna de sus obras, pero imagino q el copyright será igual para todos los libros.

Desenvainó allí la espada, lo único que le quedaba de todas sus posesiones, y dijo: –¡Salve, Gurthang! No otro señor ni lealtad conoces, sino la mano que te esgrime. No retrocedes ante la sangre de nadie. Por tanto ¿no quieres la de Túrin Turambar? ¿No me matarás de prisa?
Y en la hoja resonó una v...
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Elfa Árwena
Elfa Árwena
Desde: 23/04/2002

#1 Respondiendo a: Beleg_AF

Buenas:
Quería hacer una pregunta relativa al copyright.
Si tienes en tu casa comprado un libro... ¿es legal q te lo bajes de Internet en formato PDF o alguno de esos? Es q asi no necesitas copiar algún fragmento a mano cuando lo quieras poner aqui (q vago soy) :p , pero vamos es curiosidad más q...

Cuestión ilegal

Yo diría que no es legal. Es más, todos sabemos perfectamente que todas estas copias de libros que están sujetos a los derechos de autor que circulan en Internet son piratería... así que, ¿por qué va a ser diferente si tienes el libro en casa? :O Es más, hasta me suena que de los libros no se pueden hacer ni fotocopias... así que, eso de la copias piratas amparándote en que tienes el libro... me da a mi que no... De todas formas, si hay algún abogad@ en el foro... no estaría de más que nos lo aclarase .

Un saludo, desde La casita de Illuin
En el sitio del Señor Oscuro instalarás una Reina. ¡Y yo no seré oscura sino hermosa y terrible como la Mañana y la Noche! ¡Hermosa como el Mar y el Sol y la Nieve en la Montaña! ¡Terrible como la Tempestad y el Relámpago! Más fuerte que los cimientos de la tierra. ¡Todos me amarán y desesperarán...
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Gwaihir
Gwaihir
Desde: 22/04/2000

#1 Respondiendo a: Beleg_AF

Buenas:
Quería hacer una pregunta relativa al copyright.
Si tienes en tu casa comprado un libro... ¿es legal q te lo bajes de Internet en formato PDF o alguno de esos? Es q asi no necesitas copiar algún fragmento a mano cuando lo quieras poner aqui (q vago soy) :p , pero vamos es curiosidad más q...

Ley de propiedad intelectual

Los asuntos legales suelen estar sometidos a interpretación (por algo hay jueces y abogados... ¿de qué vivirían si no? ).

El hecho es que la Ley de propiedad intelectual dice lo siguiente en su artículo 25:

Artículo 25. Derecho de remuneración por copia privada

1. La reproducción realizada exclusivamente para uso privado, conforme a lo autorizado en el apartado 2 del artículo 31 de esta Ley, mediante aparatos o instrumentos técnicos no tipográficos, de obras divulgadas en forma de libros o publicaciones que a estos efectos se asimilen reglamentariamente, así como de fonogramas videogramas o de otros soportes sonoros, visuales o audiovisuales, originará una remuneración equitativa y única por cada una de las tres modalidades de reproducción mencionadas, en favor de las personas que se expresan en el párrafo b) del apartado 4 del presente artículo, dirigida a compensar los derechos de propiedad intelectual que se dejaren de percibir por razón de la expresada reproducción. Este derecho será irrenunciable para los autores y los artistas, intérpretes o ejecutantes.

Es decir, que por hacer un e-book de un libro que hayamos comprado habría que pagar. Pero atención... hay que pagar por el equipo que se ha utilizado. En el apartado 5. de ese mismo artículo se dice:

5. El importe de la remuneración que deberá satisfacer cada deudor será el resultante de la aplicación de las siguientes cantidades:

a) Equipos o aparatos de reproducción de libros:

1. 7.500 pesetas por equipo o aparato con capacidad de copia de hasta nueve copias por minuto.

2. 22.500 pesetas por equipo o aparato con capacidad de copia desde 10 hasta 29 copias por minuto.

3. 30.000 pesetas por equipo o aparato con capacidad de copia desde 30 hasta 49 copias por minuto.

4. 37.000 pesetas por equipo o aparato con capacidad de copia desde 50 copias por minuto en adelante.

b) Equipos o aparatos de reproducción de fonogramas: 100 pesetas por unidad de grabación.

c) Equipos o aparatos de reproducción de videogramas: 1.100 pesetas por unidad de grabación.

d) Materiales de reproducción sonora: 30 pesetas por hora de grabación o 0,50 pesetas por minuto de grabación.

e) Materiales de reproducción visual o audiovisual: 50 pesetas por hora de grabación o 0,833 pesetas por minuto de grabación.

Lo que ocurre es que el deudor no es el que realiza la copia, sino el que fabrica el equipo:

4. En relación con la obligación legal a que se refiere el apartado 1 del presente artículo serán:

a) Deudores: los fabricantes en España, así como los adquirentes fuera del territorio español, para su distribución comercial o utilización dentro de éste, de equipos, aparatos y materiales que permitan alguna de las modalidades de reproducción previstas en el apartado 1 de este Artículo.

Aunque claro, lo que sucede es que luego el fabricante traspasa ese gasto a los clientes de su equipo.

Un lío, vaya.

Lo que sí está claro es el tema de las citas, y ya en su momento nos interesamos por el tema cuando realizamos las FAQ de ElFenómeno. Respecto a esto, dice la Ley:

Artículo 32. Citas y reseñas

Es lícita la inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenas de naturaleza escrita, sonora o audiovisual, así como la de obras aisladas de carácter plástico, fotográfico figurativo o análogo, siempre que se trate de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis comentario o juicio crítico.

Tal utilización sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación, en la medida justificada por el fin de esa incorporación e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada.

Las recopilaciones periódicas efectuadas en forma de reseñas o revistas de prensa tendrán la consideración de citas.

En fin, espero haberte ayudado un poco (o por lo menos no haberte liado más).

"Si fui entonces, mi amor, iré de nuevo, dondequiera que estés. Tú eres todo lo que tengo, mi verdadero amor. Tú eres la Dama más valiente, el navegante más osado. Eres mía. Navegaste por mí. Eres mi dama, la Dama que llevó El Alma."
(Cordwainer Smith, "La Dama que llevó El Alma"
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Elfa Árwena
Elfa Árwena
Desde: 23/04/2002

#6 Respondiendo a: Gwaihir

Ley de propiedad intelectual

Los asuntos legales suelen estar sometidos a interpretación (por algo hay jueces y abogados... ¿de qué vivirían si no? ).

El hecho es que la Ley de propiedad intelectual dice lo siguiente en su artículo 25:

Artículo 25. Derecho de remuneración...

De todas formas, Gwaihir...

... y aunque en este artículo se hable de "ánimo de lucro", ¿No crees que puede ser también esclarecedor?:

"CAPITULO XI

"De los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores "

Sección 1ª.- DE LOS DELITOS RELATIVOS A LA PROPIEDAD INTELECTUAL.

Artículo 270.
Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o de multa de seis a veinticuatro meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.

La misma pena se impondrá a quien intencionadamente importe, exporte o almacene ejemplares de dichas obras o producciones o ejecuciones sin la referida autorización. "

Un besote, desde La casita de Illuin
En el sitio del Señor Oscuro instalarás una Reina. ¡Y yo no seré oscura sino hermosa y terrible como la Mañana y la Noche! ¡Hermosa como el Mar y el Sol y la Nieve en la Montaña! ¡Terrible como la Tempestad y el Relámpago! Más fuerte que los cimientos de la tierra. ¡Todos me amarán y desesperarán...
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Gwaihir
Gwaihir
Desde: 22/04/2000

#3 Respondiendo a: Elfa Árwena

Cuestión ilegal

Yo diría que no es legal. Es más, todos sabemos perfectamente que todas estas copias de libros que están sujetos a los derechos de autor que circulan en Internet son piratería... así que, ¿por qué va a ser diferente si tienes el libro en casa? :O Es más, hasta me suena que de los li...

¿Ilegales?...

...¿los e-books que circulan por Internet son ilegales?

Anda leche, y yo sin enterarme... a ver si va a ser por eso que en ElFenómeno no hay sección de descargas y no me lo habías dicho.

Oye, ¿y en otras webs lo saben?... habría que decírselo XDDD.

Aigsss... yo me parto.

Bueno Elfa, ahora en serio, echa un vistacillo a mi otro post, a ver si sacas algo en claro.
"Si fui entonces, mi amor, iré de nuevo, dondequiera que estés. Tú eres todo lo que tengo, mi verdadero amor. Tú eres la Dama más valiente, el navegante más osado. Eres mía. Navegaste por mí. Eres mi dama, la Dama que llevó El Alma."
(Cordwainer Smith, "La Dama que llevó El Alma"
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Anónimo
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#4 Respondiendo a: Gwaihir

¿Ilegales?...

...¿los e-books que circulan por Internet son ilegales?

Anda leche, y yo sin enterarme... a ver si va a ser por eso que en ElFenómeno no hay sección de descargas y no me lo habías dicho.

Oye, ¿y en otras webs lo saben?... habría que decírselo XDDD.

Aigsss... yo me parto.

B...

Pues por aquí....

... no deben de haberse enterado de eso de las fotocopias porque en muchas librerías lo hacen y sin poner pegas. Sólo hay unas pocas en las que te dicen que te fotocopian la mitad pero para eso vas a otra y fotocopias la que te queda.

Este es uno de esos temas ambiguos, tal vez no en el marco legal pero si en el de actuación porque nadie lo respeta pero nadie hace nada al respecto tampoco.

Saludos a tod@s.

(Mensaje original de: Geralt de Rivia)
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Anónimo
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#7 Respondiendo a: Elfa Árwena

De todas formas, Gwaihir...

... y aunque en este artículo se hable de "ánimo de lucro", ¿No crees que puede ser también esclarecedor?:

"CAPITULO XI

"De los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores "

Sección 1ª.- DE LOS DELITOS RELATIVOS...

Sin conocimiento de leyes :P

¿No es legal hacerse una o más copias de seguridad? Cambiar de formato sí es ilegal, así que, de hacerte una copia de seguridad de un libro, ¿sería fotocopiándolo?

(Mensaje original de: Warren Keffer)
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Gwaihir
Gwaihir
Desde: 22/04/2000

#8 Respondiendo a: Anónimo

Sin conocimiento de leyes :P

¿No es legal hacerse una o más copias de seguridad? Cambiar de formato sí es ilegal, así que, de hacerte una copia de seguridad de un libro, ¿sería fotocopiándolo?

(Mensaje original de: Warren Keffer)

Precisamente Elfa...

...lo de "ánimo de lucro" es muy esclarecedor.

Por eso sigo defendiendo (aunque con muchas dudas) que el que alguien se haga un e-book de un libro que ha adquirido, y siempre que sea para su uso exclusivamente personal, es legal.

Otra cosa es que sea con ánimo de lucro, y entonces ahí sí que hay mucho que hablar.

Pongamos un ejemplo. Supongamos que en ElFenómeno ponemos una sección de descargas con todos los e-books de Tolkien; ¿qué ocurriría?... pues fácil: nuestro número de visitas aumentaría, y entonces también podríamos aumentar los ingresos por publicidad... tendríamos un lucro, aunque defendiésemos que los e-books los ofrecíamos gratis para poner al alcance de todos tolkiendili.
"Si fui entonces, mi amor, iré de nuevo, dondequiera que estés. Tú eres todo lo que tengo, mi verdadero amor. Tú eres la Dama más valiente, el navegante más osado. Eres mía. Navegaste por mí. Eres mi dama, la Dama que llevó El Alma."
(Cordwainer Smith, "La Dama que llevó El Alma"
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Beleg_AF
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Desde: 20/05/2003

#7 Respondiendo a: Elfa Árwena

De todas formas, Gwaihir...

... y aunque en este artículo se hable de "ánimo de lucro", ¿No crees que puede ser también esclarecedor?:

"CAPITULO XI

"De los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores "

Sección 1ª.- DE LOS DELITOS RELATIVOS...

Menudo lío :s

5. El importe de la remuneración que deberá satisfacer cada deudor será el resultante de la aplicación de las siguientes cantidades:

a) Equipos o aparatos de reproducción de libros:

1. 7.500 pesetas por equipo o aparato con capacidad de copia de hasta nueve copias por minuto.

2. 22.500 pesetas por equipo o aparato con capacidad de copia desde 10 hasta 29 copias por minuto.

3. 30.000 pesetas por equipo o aparato con capacidad de copia desde 30 hasta 49 copias por minuto.

4. 37.000 pesetas por equipo o aparato con capacidad de copia desde 50 copias por minuto en adelante.

b) Equipos o aparatos de reproducción de fonogramas: 100 pesetas por unidad de grabación.

c) Equipos o aparatos de reproducción de videogramas: 1.100 pesetas por unidad de grabación.

d) Materiales de reproducción sonora: 30 pesetas por hora de grabación o 0,50 pesetas por minuto de grabación.

e) Materiales de reproducción visual o audiovisual: 50 pesetas por hora de grabación o 0,833 pesetas por minuto de grabación.

(perona q no lo copie en cursiva, pero no se pq me da error en la página cuando pulso un botón de tag)


Todo eso esta muy bien pero, ¿dónde se encaja el método de reproducción digital mediante soporte informático? ¿En el "c) Equipos o aparatos de reproducción de videogramas: 1.100 pesetas por unidad de grabación. " tal vez?

Es bastante lioso esto del copyright. Lo q sí está más que claro es q no se puede hacer una copia de un libro gratis aunque tengas el libro original y la copia sea para ti ni por asomo, ¿me equivoco?
En fin, gracias Gwaihir
Desenvainó allí la espada, lo único que le quedaba de todas sus posesiones, y dijo: –¡Salve, Gurthang! No otro señor ni lealtad conoces, sino la mano que te esgrime. No retrocedes ante la sangre de nadie. Por tanto ¿no quieres la de Túrin Turambar? ¿No me matarás de prisa?
Y en la hoja resonó una v...
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Beleg_AF
Beleg_AF
Desde: 20/05/2003

#8 Respondiendo a: Anónimo

Sin conocimiento de leyes :P

¿No es legal hacerse una o más copias de seguridad? Cambiar de formato sí es ilegal, así que, de hacerte una copia de seguridad de un libro, ¿sería fotocopiándolo?

(Mensaje original de: Warren Keffer)

pero Warren...

...cuando vas a una copistería y pides fotocopiar un libro entero, te dicen q no se puede fotocopiar más de un porcentaje concreto (un 15% me parece q es), y no creo q si le dices al dependiente q el libro es tuyo y la copia tb es para ti te diga: ¡ah bueno, entonces no hay problema! :p
Saludos.
Desenvainó allí la espada, lo único que le quedaba de todas sus posesiones, y dijo: –¡Salve, Gurthang! No otro señor ni lealtad conoces, sino la mano que te esgrime. No retrocedes ante la sangre de nadie. Por tanto ¿no quieres la de Túrin Turambar? ¿No me matarás de prisa?
Y en la hoja resonó una v...
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Elfa Árwena
Elfa Árwena
Desde: 23/04/2002

#13 Respondiendo a: Beleg_AF

Menudo lío :s

5. El importe de la remuneración que deberá satisfacer cada deudor será el resultante de la aplicación de las siguientes cantidades:

a) Equipos o aparatos de reproducción de libros:

1. 7.500 pesetas por equipo o aparato con capacidad de copia de hasta nueve copias por minuto....

¿Te equivocas? :·)

Según he podido dilucidar de lo que dice Gwaihir, de lo que dice la Ley de Propiedad Intelectual, etc. es que tu puedes hacerte una copia para ti mismo... Pero esa copia no la puedes prestar ni regalar. Y mucho menos colgarla en Internet... Así que creo que ahí está el quid de la cuestión. Si tu te haces tu propia copia, no hay problemas, siempre y cuando sea para tí y nada más que para tí. Lo que, volviendo al tema de los e-books que se ofrecen por Internet, no se puede aplicar. Estas copias en formato electrónico son públicas y su circulación sería ilegal.

Pues eso... espero haberlo entendido bien... y si no es así... que alguien nos lo explique :P

Un saludo, desde La casita de Illuin
En el sitio del Señor Oscuro instalarás una Reina. ¡Y yo no seré oscura sino hermosa y terrible como la Mañana y la Noche! ¡Hermosa como el Mar y el Sol y la Nieve en la Montaña! ¡Terrible como la Tempestad y el Relámpago! Más fuerte que los cimientos de la tierra. ¡Todos me amarán y desesperarán...
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Elfa Árwena
Elfa Árwena
Desde: 23/04/2002

#10 Respondiendo a: Gwaihir

Precisamente Elfa...

...lo de "ánimo de lucro" es muy esclarecedor.

Por eso sigo defendiendo (aunque con muchas dudas) que el que alguien se haga un e-book de un libro que ha adquirido, y siempre que sea para su uso exclusivamente personal, es legal.

Otra cosa es que sea con ánimo de lucro, y...

Completamente de acuerdo :·)

Siempre y cuando, como bien matizas, cada uno de nosotros nos hicieramos nuestra propia copia (partiendo de un libro adquirido) para disfrute individual y privado, que no prestásemos, ni alquilásemos, ni regálasemos ni vendiésemos ni colgásemos en Internet.

Pensad que cuando compramos un libro pagamos nuestra parte proporcional de derechos de autor... Pero la propiedad intelectual sigue siendo de su autor... no nuestra.

Un besote, desde La casita de Illuin
En el sitio del Señor Oscuro instalarás una Reina. ¡Y yo no seré oscura sino hermosa y terrible como la Mañana y la Noche! ¡Hermosa como el Mar y el Sol y la Nieve en la Montaña! ¡Terrible como la Tempestad y el Relámpago! Más fuerte que los cimientos de la tierra. ¡Todos me amarán y desesperarán...
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fëanor666
fëanor666
Desde: 02/12/2002

#11 Respondiendo a: Elfa Árwena

Completamente de acuerdo :·)

Siempre y cuando, como bien matizas, cada uno de nosotros nos hicieramos nuestra propia copia (partiendo de un libro adquirido) para disfrute individual y privado, que no prestásemos, ni alquilásemos, ni regálasemos ni vendiésemos ni colgásemos en Internet.

Pensad...

Aclarando algo importante

Cuidado, no debéis confundir la responsabilidad civil con la penal. Lo del ánimo de lucro es a los efectos de la responsabilidad penal, es decir, a la posibilidad de responder penalmente con la sanción establecida: prisión y multa (la ley que cita Elfa Arwena).

En cambio, para incurrir en responsabilidad civil hacia el autor (esto es, para ser deudor de una suma que lo indemnice por lo que "dejó de ganar"), no hace falta tal ánimo de lucro. Son dos sistemas diferentes, y la gente tiende a confundirlos.
Uno se refiere al castigo, el otro a la reparación pecuniaria, y está claro (no sujeto a interpretación) que corren por vías diferentes (es decir, una cosa no quita la otra).
Esto no quiere decir mucho, porque la cuestión de la prueba es ta importante, que termina siendo esencial. Es decir, como es tan difícil de probar, queda de hecho "legalizado".

Espero haber sido de ayuda.

Saludos desde Vê.
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